El martes 28 de febrero el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, declaró la Liquidación Forzosa de Universidad ARCIS y con ello, el nombramiento de Cristián Herrera como liquidador titular provisional.
En base a esa decisión de la justicia, el Ministerio de Educación informa las acciones que actualmente se están realizando, tanto por parte del Administrador como por parte del Mineduc, con el objetivo de garantizar la continuidad de estudios de los jóvenes que se encuentran en dicha institución de Educación Superior.
- RECURSO DE APELACIÓN: Tras analizar con su equipo jurídico la resolución, el Administrador Provisional de la U. ARCIS, Patricio Velasco, informó el 01 de marzo a la comunidad universitaria y al Ministerio de Educación que presentará una apelación en contra de la resolución de liquidación forzosa, recurso que incluirá la solicitud de una orden de no innovar. Esto último busca suspender cualquier medida que derive de la sentencia del Cuarto Juzgado Civil de Santiago.
- REUNIÓN DE COORDINACIÓN CON ADMINISTRADOR PROVISIONAL Y LIQUIDADOR: Dado que para el Ministerio de Educación la principal preocupación es la continuidad de estudios de los alumnos de la Universidad Arcis —consagrada en la Ley de Administrador Provisional y de Cierre—la División de Educación Superior convocó a una reunión extraordinaria tanto al liquidador, Cristian Herrera, como al Administrador Provisional, Patricio Velasco, con el fin de generar la coordinación necesaria para asegurar los procesos académicos que permitirán la continuidad de estudios de los alumnos de este plantel.
- CONFIRMACIÓN DE NUEVA JORNADA DE MESA DE TRABAJO MINEDUC-COMUNIDAD ARCIS: Tal como estaba programado, pero con especial atención a los últimos acontecimientos y con el fin de poder entregar toda la información de manera directa a la comunidad universitaria, se confirmó la convocatoria para el día lunes 6 de marzo a una nueva sesión de la Mesa de Trabajo que en enero se inició entre el Ministerio de Educación y representantes de la Comunidad ARCIS. En la instancia están invitados autoridades de la institución, los representantes de la Federación de Estudiantes, de la Corporación Universitaria, de los tres sindicatos de trabajadores, de la Asociación de Académicos, además del Administrador Provisional.
En el caso de que la justicia no acoja la apelación que será presentada por el Administrador Provisional, el Ministerio de Educación debe cumplir lo establecido en la Ley 20.800 de Administrador Provisional y de Cierre, que garantiza la continuidad de estudios de los alumnos en caso de liquidación forzosa. Los pasos a seguir, de acuerdo a lo establecido en la ley, son los siguientes:
- REVOCACIÓN DEL RECONOCIMIENTO OFICIAL Y NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR DE CIERRE: Una vez que la resolución de liquidación esté ejecutoriada, el Ministerio de Educación deberá iniciar el procedimiento de revocación de reconocimiento oficial de la U. ARCIS, presentando un decreto ante el Consejo Nacional de Educación. Este decreto fijará además el plazo de cierre que permita la correcta continuidad de estudios de los alumnos que ya estaban matriculados en la institución.
- REVISIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN: El Consejo Nacional de Educación (CNED) recibe el decreto para evaluar y tomar acuerdo respecto de la medida.
- SE NOMBRA AL ADMINISTRADOR DE CIERRE: Una vez que el CNED tome acuerdo y apruebe la decisión de revocación de reconocimiento oficial, el Ministerio deberá designar un administrador de cierre, cuyo nombramiento también debe ser aprobado por el CNED. Es importante señalar que la Ley de Administrador Provisional y de Cierre establece que las facultades del Administrador de Cierre “prevalecerán sobre las del liquidador o veedor, según sea el caso, únicamente respecto a los bienes muebles e inmuebles esenciales para asegurar la continuidad de estudios de los y las estudiantes”.
- ASEGURAMIENTO DE CONTINUIDAD DE ESTUDIOS DE LOS ALUMNOS: Una vez nombrado, el Administrador de Cierre debe presentar un plan de administración centrado en asegurar la continuidad de los servicios educacionales de los estudiantes respetando los programas de estudio de los jóvenes, así como la correcta obtención de sus títulos.
Además, el Administrador debe celebrar convenios con instituciones de educación superior acreditadas que permitan reubicar a los y las estudiantes que así lo prefieran, en otros planteles. En ese caso, se debe resguardar que se respete el mayor avance académico posible que haya sido alcanzado por ellos en la Universidad ARCIS.















