Artículo N°2 Ley N°18956 estipula que sus
funciones corresponden a:
a) Proponer y evaluarlas políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural;
b) Asignar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades educacionales y de extensión cultural;
c) Mantener un sistema de supervisión del apoyo técnico pedagógico a los establecimientos educacionales;
d) Estudiar y proponer las normas generales aplicables al sector y velar por su cumplimiento;
e) Otorgar el reconocimiento oficial a los establecimientos educacionales, cuando corresponda;
f) Fiscalizar las actividades de sus unidades dependientes;
g) Elaborar instrumentos, desarrollar estrategias e implementar, por sí o a través de terceros, programas de apoyo educativo, y
h) Cumplir las demás funciones que le encomiende la ley.
El/La Subsecretario/a de Educación Superior será el colaborador/a inmediato del Ministro/a en la elaboración, coordinación, ejecución y evaluación de políticas y programas para la educación superior, especialmente en materias destinadas a su desarrollo, promoción, internacionalización y mejoramiento continuo, tanto en el subsistema universitario como en técnico profesional. Será el Jefe/a Superior de la Subsecretaría de Educación Superior.
Tendrá a su cargo la dirección superior de esta Subsecretaría de Estado, la coordinación y control interno de las unidades integrantes de esta Subsecretaría; actuará como ministro de fe y le corresponderán las atribuciones y obligaciones que por ley le competen.
Dentro de sus principales funciones deberá asumir la dirección, organización y administración de la Subsecretaría de Educación Superior, sus divisiones, departamentos, secciones, oficinas y dependencias.
El Gabinete tiene por objeto colaborar en la coordinación, apoyo y asesoría respecto de las funciones, responsabilidades y compromisos que corresponden a el/la Subsecretario/a de Educación Superior. El Gabinete depende directamente de el/la Subsecretario/a de Educación Superior, y estará a cargo de un Jefe/a de Gabinete.
La misión de la Unidad de Auditoría Interna será otorgar apoyo al Subsecretario de Educación Superior mediante una estrategia preventivo, proponiendo como producto de su acción, políticas, planes. programas y medidas de control para el fortalecimiento de la gestión institucional y el resguardo de los recursos que les han sido asignados a la Subsecretaria de Educación Superior. La Unidad de Auditoría Interna tendrá las siguientes funciones:
Es la encargada de entregar asesoría comunicacional a la Subsecretaría, a través del desarrollo e implementación de estrategias y planes de comunicación que vayan en directa relación con la política comunicacional ministerial. Su dependencia es directa de el/la Subsecretario/a de Educación Superior. Esta Unidad estará a cargo de un Jefe/a de Unidad, quien dependerá directamente de el/la Subsecretario/a de Educación Superior.
El Departamento de Financiamiento Estudiantil (DFE), tiene como misión otorgar de manera correcta, oportuna y transparente, y de acuerdo con los criterios que establezca la ley y la normativa aplicable, los beneficios estudiantiles que el Estado disponga para financiar estudios superiores a fin de garantizar el acceso y permanencia en el Sistema de Educación Superior, a todos aquellos estudiantes con mérito académico y/o necesidades económicas, y que deban ser administrados por el Ministerio de Educación.
Es la encargada de coordinar todos los ámbitos relacionados con las universidades.
Tendrá las siguientes funciones:
-Sostener vínculos entre la Subsecretaría de Educación Superior y las universidades chilenas.
-Diseñar y apoyar procesos de implementación de políticas, programas y acciones relevantes para el Sistema de Educación Superior Universitaria.
Es la encargada de las materias vinculadas al Subsistema Técnico Profesional. Tendrá las siguientes funciones:
-Sostener vínculos entre la Subsecretaría de Educación Superior y los Centros de Formación Técnica e Institutos Profesionales existentes en el país.
-Diseñar y apoyar procesos de implementación de políticas, programas y acciones relevantes para el Sistema de Educación Superior Técnico Profesional.
-Generar propuestas de Estrategia Técnico Profesional y desarrollar las políticas públicas acordes para mejorar el sistema.
-Desarrollar las gestiones necesarias y pertinentes que se deban realizar en el marco del cumplimiento de la ley N°20.800, que crea el Administrador Provisional y Administrador de Cierre de Instituciones de Educación Superior y establece regulaciones en materia de administración provisional de sostenedores educacionales.
-Las demás que le encomienden las leyes o el/la Subsecretario/a de Educación Superior. Esta División estará a cargo de un Jefe/a de División, quien dependerá directamente de el/la Subsecretario/a de Educación Superior.
Es la encargada de brindar el soporte jurídico necesario para la adecuada toma de decisiones de el/la Subsecretario/a de Educación Superior, propendiendo a un apropiado, y legítimo funcionamiento de la Subsecretaría de Educación Superior y velando por la juridicidad y legalidad de sus actuaciones y las de su personal.
Deberá asesorar jurídica y legalmente, e informar en materias de derecho a las autoridades de la Subsecretaría de Educación Superior, sus divisiones, departamentos y demás dependencias de la Subsecretaría, sobre la correcta aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Esta División estará a cargo de un Jefe/a de División, quien dependerá directamente de el/la Subsecretario/a de Educación Superior.
Es la encargada de asesorar, estudiar y proponer la planificación que oriente las actividades de la Subsecretaría y de dar la correspondiente asignación y administración de recursos humanos, materiales y financieros y, proponer los procedimientos e instrucciones tendientes a cumplir las normas legales y reglamentarias sobre la materia y supervisar su cumplimiento.
Asimismo, deberá conducir y controlar los ámbitos de gestión, administrativos, presupuestarios, financieros, tecnológicos y gestión de personas de la Subsecretaría de Educación Superior, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos presupuestarios y las metas de desempeño de la Subsecretaría.
Esta División estará a cargo de un Jefe/a de División, quien dependerá directamente de el/la Subsecretario/a de Educación Superior.
Es la División encargada de desarrollar y mantener el Servicio de Información de Educación Superior, coordinar el Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, y mantener el Registro de las instituciones de educación superior reconocidas oficialmente por el Estado y de aquellas cuyo reconocimiento oficial y personalidad jurídica hubiese sido revocada.
La División estará compuesta por las siguientes secciones:
a. Sistema Nacional de Información de la Educación Superior.
b. Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior.
c. Registro institucional y Certificaciones.
Esta División estará a cargo de un Jefe/a de División, quien dependerá directamente de el/la Subsecretario/a de Educación Superior.