Artículo N°2 Ley N°18956 estipula que sus
funciones corresponden a:
a) Proponer y evaluarlas políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural;
b) Asignar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades educacionales y de extensión cultural;
c) Mantener un sistema de supervisión del apoyo técnico pedagógico a los establecimientos educacionales;
d) Estudiar y proponer las normas generales aplicables al sector y velar por su cumplimiento;
e) Otorgar el reconocimiento oficial a los establecimientos educacionales, cuando corresponda;
f) Fiscalizar las actividades de sus unidades dependientes;
g) Elaborar instrumentos, desarrollar estrategias e implementar, por sí o a través de terceros, programas de apoyo educativo, y
h) Cumplir las demás funciones que le encomiende la ley.
Estará a cargo de la dirección y administración de la Dirección de Educación Pública, a quien le corresponderá ejercer las atribuciones dispuestas en el artículo 62 de la Ley N° 21.040 y las demás que la ley le encomiende.
Para el cumplimiento de las funciones descritas en el inciso anterior, el Director tendrá un Gabinete.
Compuesto por asesores que cumplirán la función de apoyar directamente la gestión del Director en todas las materias de su competencia. Para ello deberá definir, asesorar y organizar las actividades de coordinación y articulación entre los distintos órganos del Estado y, principalmente, con entidades del Sistema de Educación, tales como el Ministerio de Educación, Consejo Nacional de Educación, Agencia de Calidad de la Educación, Superintendencia de Educación, Servicios Locales de Educación Pública, los actores que tienen incidencia o colaboran con la prestación del servicio educacional, entre otros, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3°. Igualmente deberá gestionar el calendario institucional, desarrollar y editar contenidos de minutas informativas de la Dirección. Asimismo, deberá apoyar a la Dirección de Educación Pública en el cumplimiento de sus funciones de conformidad a lo establecido en la Ley N° 21.040 y en general, realizar todas las demás funciones que le encomiende el Jefe del Servicio.
Cumplirá las funciones de asesorar jurídicamente al Director y a las demás Divisiones, Departamentos, Subdepartamentos y Secciones del servicio en el ámbito de sus competencias. Igualmente, deberá elaborar y/o visar resoluciones, respuestas institucionales, contratos de suministros y prestaciones de servicios, bases de licitación, convenios y en general, todo tipo de oficios y/o actos administrativos que deba dictar y/o suscribir la Dirección...
cumplirá las funciones de asesorar e informar a la Dirección en materias de auditoría interna y gubernamental, proponiendo al Jefe del Servicio una estrategia preventiva para la formulación de políticas, planes, programas, acciones y medidas de control orientadas al fortalecimiento de la gestión institucional y el resguardo de los recursos asignados al servicio, entregando información oportuna...
Cumplirá las funciones de velar por la calidad de la infraestructura escolar pública, buscando que ésta esté alineada con los procesos educativos y con la Estrategia Nacional de Educación Pública. Para ello estará encargado de diseñar, asesorar y apoyar técnicamente en materias de infraestructura de los establecimientos educacionales, equipamiento, mobiliario educacional y registro...
Cumplirá las funciones de elaborar e implementar la estrategia comunicacional y el posicionamiento público de la Dirección de Educación Pública, lo anterior en coordinación con los lineamientos comunicacionales del Ministerio de Educación y del Gobierno. Igualmente le corresponderá asesorar a la Dirección de Educación Pública y colaborar en el cumplimiento de los objetivos estratégicos y de los planes que se fijen para estos efectos...
Le corresponderá la gestión administrativa y financiera del servicio, entendiéndose por tal, la planificación, organización y ejecución de los distintos compromisos de la Dirección, en materias técnicas, operativas, legales, tecnológicas, de gestión y presupuestarias, entre otras de similar naturaleza, garantizando el cumplimiento de los lineamientos, convenios y transferencias que requiere el servicio. Asimismo, deberá controlar y hacer seguimiento del avance...
Cumplirá las funciones de elaborar el Proyecto de Presupuesto anual de la Dirección de Educación Pública acorde a la planificación estratégica y le corresponderá velar por su correcta ejecución y control, programando periódicamente las cajas. Asimismo, deberá acompañar y validar la construcción del presupuesto anual de cada Servicio Local de Educación Pública, de acuerdo con los lineamientos, normativas y procedimientos establecidos...
El objeto de los Servicios Locales será proveer, a través de los establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda, debiendo orientar su acción de conformidad a los principios de la educación pública establecidos en el artículo 5 de la Ley N°21.040...
Cumplirá las funciones de asesorar y apoyar técnicamente en materias de mejoramiento del servicio educativo y resultados de aprendizaje de los Servicios Locales de Educación Pública, a través de un modelo de acompañamiento y desarrollo de capacidades situado en atención a los distintos niveles educacionales y a las distintas modalidades educativas, trayectorias y desafíos educativos particulares propios del territorio...
Tendrá las funciones de implementar el Sistema de Educación Pública en cuanto a la instalación de los Servicios Locales de Educación Pública y su funcionamiento como Servicios Públicos hasta el traspaso del respectivo Servicio Educacional correspondiente al ámbito de competencia del territorio determinado por la ley. Para ello, podrá adoptar todas las medidas legales y administrativas...
Cumplirá las funciones de asesorar al servicio en todas las materias de índole administrativa y contable, para lo cual deberá ejecutar el presupuesto; cautelar y custodiar los fondos, documentos y valores del Servicio; verificar la recaudación de los ingresos, preparar y ejecutar los pagos a proveedores, al personal y a terceros en general; comprobar el cumplimiento de los requisitos...
Cumplirá las funciones de gestionar el proceso de diseño e implementación de los sistemas de seguimiento de los procesos y resultados del Sistema de Educación Pública, a través de consolidación de información, diagnósticos y evaluaciones de la situación educativa de cada Servicio Local. Además, tendrá la función de hacer efectivas las políticas de operación y funcionamiento de los sistemas de seguimiento...
Cumplirá las funciones de diseñar e implementar un modelo de gestión estratégica de personas, mediante la implementación de una política de gestión y desarrollo de personas, gestión del desempeño, gestión del desarrollo y gestión del cambio organizacional, con base en el marco normativo vigente, las buenas prácticas laborales y los objetivos estratégicos de la Dirección de Educación Pública...
Cumplirá las funciones de gestionar el Fondo de Apoyo a la Educación Pública en lo referido a su distribución, operación, rendición y generación de reportes para las autoridades y apoyo al Ministerio de Educación en la regulación del Fondo, de acuerdo con lo establecido en la ley de presupuestos respectiva. Asimismo, deberá colaborar en el seguimiento del cumplimiento de aquellos aspectos y compromisos...
Cumplirá las funciones de articular los instrumentos de planificación y control de gestión del Sistema de Educación Pública; facilitar el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Dirección a través de la coordinación de la planificación estratégica; formular, monitorear y evaluar los convenios de gestión educacional; coordinar el proceso de formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de los instrumentos de la gestión pública...