Derechos y Deberes de sostenedores:
Derechos:
- Establecer el proyecto educativo conforme a (artículo 46)
- Establecer planes y programas de acuerdo que cumplan con los objetivos establecidos para cada nivel educativo.
- Solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado, de conformidad a la legislación vigente y los demás que las leyes especiales establezcan.
Deberes:
- Mantener los requisitos de reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan.
- Destinar la subvención y aportes a la prestación del servicio educacional
- Garantizar la continuidad del servicio educacional
- Otorgar una educación de calidad de conformidad a los estándares que se establezcan nacionalmente
- Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos.
- Cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta del estado financiero de sus establecimientos.
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