Deberes del Ministerio de Educación: · Velar por la evaluación continua y periódica del sistema educativo a fin de contribuir a mejorar la calidad de la educación. · Esta evaluación comprenderá, a lo menos los logros de aprendizaje de los alumnos, el desempeño de los profesionales de la educación y el funcionamiento de los establecimientos educacionales. · La evaluación de los alumnos deberá incluir indicadores que permitan efectuar una evaluación de carácter integral y deberá realizarse conforme a criterios objetivos y transparentes establecidos en un reglamento de evaluación y promoción, el cual deberá ser informado a los padres, apoderados y alumnos. · La evaluación de los profesionales de la educación se efectuará de conformidad a la ley. · Los establecimientos educacionales deberán desarrollar procesos de auto evaluación institucional con el propósito de revisar las prácticas pedagógicas y de gestión. · Los resultados de estas evaluaciones serán informados a la comunidad educativa, resguardando la identidad de los alumnos y de los docentes, en su caso. Sin embargo, los resultados podrán ser accesibles para los apoderados de los alumnos en aquellos casos en que las pruebas a nivel educacional tengan representatividad individual.
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