| Fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art.1° |
Ver texto vigente |
| Asegurar a toda la población el acceso a la educación básica |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art.1° |
Ver texto vigente |
| Estimular la investigación científica y tecnológica y la creación artística |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art.1° |
Ver texto vigente |
| Estimular la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art.1° |
Ver texto vigente |
| Proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, a) |
Ver texto vigente |
| Asignar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades educacionales y de extensión cultural |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, b) |
Ver texto vigente |
| Evaluar el desarrollo de la educación como un proceso integral e informar de sus resultados a la comunidad, a lo menos anualmente |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, c) |
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| Estudiar y proponer las normas generales aplicables al sector y velar por su cumplimiento |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, d) |
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| Otorgar el reconocimiento oficial a los establecimientos educacionales, cuando corresponda |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, e) |
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| Fiscalizar las actividades de sus unidades dependientes |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, f) |
Ver texto vigente |
| Cumplir las demás funciones que le encomiende la ley |
Ley N°18.956, Reestructura el Ministerio de Educación Pública, Art. 2°, g) |
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