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Presidente Piñera promulga ley que crea registro de personas con antecedentes de abusos sexuales contra menores
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12 de junio de 2012
El documento detalla la lista de personas que no podrán ejercer cargos que tengan relación directa con niños.
A partir de ahora los establecimientos educacionales están obligados a consultar al registro civil los antecedentes de una persona antes de contratarla.
Esta mañana, el presidente Sebastián Piñera, junto al ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter y de justicia, Teodoro Ribera, firmaron el documento que crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades.
El ministro Harald Beyer participó en la ceremonia y destacó que “esta ley, por primera vez, establece un registro de abusadores y todos los establecimientos van a tener la obligación de consultar este registro cada vez que se contrate a una persona, y si no, van a haber sanciones, las que están establecidas en la legislación”.
Desde ahora, quienes cometan abusos sexuales contra menores de 14 años y hayan sido condenados, serán inhabilitados de forma permanente para trabajar directamente con niños. También establece la figura de la inhabilitación temporal, cuando la víctima tiene entre 14 y 18 años.
La inhabilidad, ya sea temporal, o permanente, se extiende a prácticamente todos los delitos que afectan la integridad de los menores de edad.
Esta nueva ley también aumenta el plazo de prescripción de la acción penal de 5 a 10 años, lo que coherente con la gravedad de los delitos sexuales.
Esto datos estarán disponibles a través del Registro Civil, y cualquier persona natural podrá consultar los antecedentes entregando sólo el nombre completo y el RUT.
Los antecedentes no sólo pueden ser solicitados por instituciones educacionales, sino que “también los padres van a poder verificar esto con mucha facilidad”, dijo el ministro Beyer.