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Mejores beneficios a nuestros docentes


Mejores beneficios a nuevos Docentes:
El artículo 2° de la Ley N°20.501, de Calidad y Equidad de la Educación, modificó la Ley N°19.715, sustituyendo la forma de pago de la Asignación de Excelencia Pedagógica, la que se entregaba conforme a los tramos al que accedían los docentes de acuerdo al número de bienios y sus respectivas y sucesivas acreditaciones.
En este sentido, la nueva forma de pagar la AEP, tal como lo expresa el Decreto con Fuerza de Ley N°2, de 2012 del Ministerio de Educación, se realizará conforme a categoría de desempeño que obtenga el docente y cuyo resultado es el cruce de la evaluación de su portafolio y la prueba de conocimientos (ver cuadro N°1), además del  grado de concentración de alumnos prioritarios del establecimiento en que se desempeñen (ver cuadro N°2)
 

Cuadro N°1

Categorías

Por desempeño en Prueba de Conocimientos Disciplinarios y Pedagógicos

Por desempeño en el Portafolio

A

(DESTACADO)

B

(COMPETENTE)

C

(SUFICIENTE)

A

(DESTACADO)

 

Tramo

Primero

 

 

Tramo

Primero

 

Tramo

Segundo

B

(COMPETENTE)

Tramo

Primero

 

Tramo

Segundo

 

Tramo

Tercero

 

C

 (SUFICIENTE)

Tramo

Segundo

Tramo

Tercero

 

 

 

Cuadro N°2

Tramos

Monto mensual jornada 44 horas semanales según concentración de estudiantes prioritarios

 

<60%

>=60%

Primero

$150.000

$210.000

Segundo

$100.000

$140.000

Tercero

$50.000

$70.000

 

Por otra parte, se mantendrán vigente las normas que estructuran y organizan el funcionamiento de la Asignación de Excelencia Pedagógica contenida en los artículos 1 al 28 del decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2002, del Ministerios de Educación, para aquellos docentes que la estuvieren percibiendo, en razón de encontrarse acreditados al año 2012 y mientras dicha acreditación se mantenga vigente, además estos docentes podrán volver a postular mediante el procedimiento descrito en el Decreto con Fuerza de Ley N°2, de 2012, del Ministerio de Educación, en cuyo caso el resultado favorable o desfavorable de la nueva postulación reemplazará el resultado de la acreditación anterior, a contar del mes de marzo del año de la nueva postulación.